Los beneficiarios, entre los 18 y 49 años, deben encontrarse incluidos en el Registro Único de Víctimas para acceder a la exoneración establecida por ley.
En articulación con el Ejército Nacional, la Unidad para las Víctimas en el Cauca, brindó asistencia técnica virtual a los 42 municipios del departamento, buscando que las nuevas administraciones municipales conozcan los lineamientos y protocolos para definir la situación militar de los sobrevivientes del conflicto armado.
“Esta ruta de atención hace parte de una de las medidas con las que se busca reparar a esta población, contemplada en el artículo 140 de la Ley 1448 del 2011, y que indica que quienes estén reconocidos en el Registro Único de Víctimas, gozarán de la exoneración de la prestación del servicio militar obligatorio establecido en la normatividad colombiana”, explicó Dan Harry Sánchez Cobo, director territorial de la Unidad para las Víctimas en el Cauca.
Para acceder a este beneficio, el ciudadano víctima deberá ingresar al sitio web www.libretamilitar.mil.co y realizar el proceso de inscripción con el documento de identificación (C.C o T.I), requisito sin el cual no podrá formular solicitudes para definir la situación militar. Para la inscripción y registro, la persona deberá cargar la siguiente documentación en digital:
• Foto (3 x 4) fondo azul en traje formal, en medio digital y cualquier formato con un tamaño máximo de 1 MB.
• Fotocopia del registro civil de nacimiento en medio magnético, cualquier formato con tamaño máximo de 1 MB.
• Fotocopia de la cédula ampliada al 150% en medio magnético, cualquier formato, con un tamaño máximo de 1 MB.
El ciudadano víctima deberá contar con un correo electrónico personal con su respectiva contraseña, lo que es fundamental, toda vez que que allí deberá consultar las notificaciones efectuadas por la herramienta tecnológica dispuesta para la definición de la situación militar.